Liquidación de la Sociedad Conyugal

Disuelta la sociedad conyugal, el cónyuge, tendrán la facultad de renunciar los gananciales a que tuvieren derecho.

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El procedimiento de Mediacón para la liquidación de la Sociedad Conyugal, en el caso del matrimonio; o la Sociedad de bienes, en el caso de una unión de hecho, para su efectiva validez, debe tomar en cuenta, las siguientes normativas:

Ley de Arbitraje y Mediación:
Art. 43 y at. 47.- al 
Código Orgánico General de Procesos:

Art. 205 y art. 363.- Títulos de ejecución: …El acta de mediación…
Código Civil:
“Art. 191 y art. 695
Ley Notarial:
“Art. 18 y art 23

Te ayudamos con todos los pasos requeridos

Para ejecutar en vía judicial las actas de mediación sobre liquidación de sociedad de
bienes o de la sociedad conyugal, el acuerdo de voluntades entre los ex-cónyuges o
convivientes, deberá formalizarse ante un notario para efectuar el trámite observando
todas las solemnidades legales requeridas para el efecto. Por lo que en nuestro Centro, te ayudamos con todos los pasos requeridos.

  • Mediante acta especificar el acuerdo llegado en la asignación de los bienes a cada cónyuge, con sus valores y condiciones específicas
  • Redactar una minuta para ser elevada a escritura pública ante un Notario
  • Este convenio se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente cuando la liquidación comprenda bienes inmuebles
  • En el Registro Mercantil cuando existieren bienes sujetos a este Registro.

Como se puede apreciar, para que una liquidación de sociedad de bienes o de la
sociedad conyugal convenida por las partes, pueda ser válida debe cumplir con las
solemnidades establecidas en la Ley, pues en caso de no hacerlo, se torna inviable.

Los asuntos familiares son muy delicados: En lugar de centrarse en las disputas pasadas, concéntrate en el futuro y en cómo mejorar la relación. Establecer metas comunes puede ayudar a cambiar la dinámica hacia un enfoque más positivo.

Proceso de Mediación

Requisitos

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    Preguntas frecuentes

    Liquidación de la Sociedad Conyugal

    Si tienes más preguntas no dudes en llamarnos o contactarnos por correo o usando el formulario de contcto.

    La liquidación de la sociedad conyugal en Ecuador es el proceso mediante el cual se procede a la división y reparto de los bienes y activos adquiridos durante el matrimonio, una vez disuelto este.

    Claro que sí. Eso implica que el matrimonio continúa, pero han decidido administrar separadamente sus bienes.

    Los cónyuges pueden convenir la liquidación de la sociedad conyugal mediante escritura pública, una vez disuelto el matrimonio, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 18 de la Ley Notarial.

    El procedimiento incluye la inscripción del convenio de liquidación en el Registro de la Propiedad si involucra bienes inmuebles, y en el Registro Mercantil si hay bienes sujetos a este registro. Antes de la inscripción, se realiza una publicación en un periódico nacional.

    Si hay oposición, el notario procederá a protocolizar lo actuado y entregará copias a los interesados. Estos pueden comparecer ante los jueces competentes para plantear sus pretensiones y derechos en relación con la liquidación de la sociedad conyugal.

    Sí, es posible. La Ley de Arbitraje y Mediación en Ecuador permite que la liquidación de la sociedad conyugal se lleve a cabo mediante un procedimiento de mediación, en el cual las partes buscan un acuerdo voluntario asistidas por un mediador neutral.